El ataque de los burócratas asesinos: la ayuda de los 210 euros

Nos ha costado más de 3 meses y medio, pero ¡por fin! hemos conseguido recopilar toda la información necesaria para que nos paguen los 210 euros de ayuda al alquiler, llevarla al ayuntamiento y que nos digan que está todo correcto. Mi pareja me acaba de llamar para decirme que en el ayuntamiento le han dado el OK a toda la documentación, así que espero que entre dos semanas y un mes empecemos a cobrar ya la ayuda, que nos va a venir que ni llovida del cielo.

Y es que tiene tela toda la documentación que había que aportar, y cómo se complican la vida para cosas que son de lo más sencillitas.

En su momento, consultamos la web Vivienda Joven (www.viviendajoven.es), que por cierto ahora mismo no funciona y no sé por qué. Así que vamos a la web del Ministerio de Vivienda, www.mviv.es (por cierto, hecha con Joomla, un gestor de contenidos gratuito y libre, ¡sí señor!) y busco la referencia a la Renta Básica de Emancipación, pincho en el formulario de instrucciones correspondiente a Catalunya y… oops! Tampoco funciona. El enlace requerido no ha sido localizado en este servidor. Genial, vamos de mal en peor.

Os resumo los requisitos para optar a la ayuda de los 210€ para el alquiler:

En primer lugar, necesitábamos acreditar que tenemos una antigüedad laboral de mínimo 6 meses, así que lo lógico sería que nos pidieran las últimas 6 nóminas, ¿no? Pues no. Nos piden el certificado de vida laboral, que YA NO se puede ir a recoger a la Oficina de la Seguridad Social, solo puedes solicitarlo por correo, con lo que tardan una semana en entregártelo y además no tienen registrados los últimos cambios en el empadronamiento (de hecho, no tienen registrados ninguno), así que lo envían a casa de mis padres, y suerte que al menos lo envían allí, porque si llegan a tener registrada la dirección de cuando vivía con el impresentable de mi ex, los trámites se habrían retrasado un mes más por lo menos, al tener que hacer primero el cambio de domicilio (nos envían por correo una carta, la rellenamos, la enviamos por correo, y una vez que les llega y la tramitan, nos envían también por correo el certificado de vida laboral). Tanto rollo cuando simplemente pidiéndonos las 6 últimas nóminas lo hubiéramos tenido al momento.

Más requisitos tontos: nos piden también que certifiquemos que en el año de solicitar la ayuda (este año) no vamos a ganar más de 22.000 euros, que es tanto como pedirle a mi jefe que me jure por los pitufos que no me va a ascender ni a subirme el suelo, que me quitan la ayuda. Tela. Digo yo que con las 6 últimas nóminas ya saben lo que cobramos y si estamos por debajo o por encima del máximo, pero hacer futurología con lo que vamos a cobrar este año es la cosa más estúpida que me han preguntadop en la vida.

– Oiga usted, ¿me puede asegurar que durante todo este año no va a ganar más de 22.000 euros?

– Se lo juro por mi madre, señor funcionario. Vamos, es que si mi jefa me sube el sueldo, lo rechazo y todo, fíjese lo que le digo.

Alucinante. Así que tengo que pedirle a mi jefa que me haga un certificado de ingresos de este año. Y mi jefa me responde lo que cualquiera con dos dedos de frente vería:

– ¿Pero cómo te voy a certificar yo lo que vas a cobrar este año? ¿Y si te subo el sueldo? ¿Y si te despido? ¿Y si te largas? Un certificado tiene validez legal, es el reflejo de un compromiso adquirido…

No, si yo lo tengo claro, pero me parece que los que redactaron los requisitos para acceder a esta ayuda, no tanto… Vamos, que me hizo un papel informativo, que _no_ un certificado, diciendo que está previsto que este año cobre menos de 22.000 euros. Parece ser que con eso ha colado. Lo que yo te diga…

Pero la cosa no acaba aquí:

  • Nos piden la referencia catastral del piso, para comprobar que no tenga más de 100 metros cuadrados, lo cual me parece lógico;
  • nos obligan a tener domiciliado el recibo del alquiler, para evitar fraudes, supongo, lo cual también me parece lógico;
  • nos piden nuestra cuenta corriente, donde tenemos domiciliado el recibo del alquiler, lo cual también me parece lógico…

Pero nos piden también ¡¡¡la cuenta corriente del propietario del piso, donde el banco le ingresa el dinero del alquiler!!! Dicen las instrucciones que para comprobar que el banco realmente ha hecho su trabajo (bueno, dicen que para comprobar que _efectivamente_ se le ha hecho el ingreso al propietario, lo que viene a ser lo mismo), pero digo yo que si el recibo está domiciliado, ¿a cuenta de qué tengo que llamar al propietario del piso y pedirle su cuenta bancaria? Mi casero es bastante enrollado, pero cualquier otro más susceptible (y hay muchos a los que les nombras a Hacienda y te sacan un manojo de ajos y una estaca de madera) hubiera mandado a hacer puñetas a los inquilinos que le pidan su cuenta corriente para dársela al Ministerio de Vivienda.

En fin, para tanta tontería y tanto papel, hemos necesitado tres meses y pico para reunir toda la documentación, cuando con las 6 últimas nóminas, un recibo del banco y el padrón municipal se habría solucionado el asunto. Ahora, a esperar que nos ingresen la ayuda.

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